Legislativo

Conocer y aprovechar la legislación para la protección de los adultos mayores, pide Omar Noé Bernardino

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APATZINGÁN, Mich., a 24 de febrero de 2015.- Para contribuir a garantizar el pleno ejercicio de los derechos de los adultos mayores, el  diputado local Omar Noé Bernardino Vargas se reunió con personas mayores de 60 años, a quienes informó sobre los beneficios de la Ley para la Protección y Atención Integral de las Personas Adultas Mayores vigente en Michoacán.

En su exposición, el legislador del PRI recordó que la población de adultos mayores en la entidad representa más del 10 por ciento del total de habitantes, es decir, hay más de 439 mil 127 personas mayores de 60 años.

Pese a esa realidad, hasta antes del 2013 Michoacán no contaba con legislación en la materia que protegiera a este sector tan vulnerable, por lo que le correspondió a él presentar la iniciativa de ley, misma que fue aprobada por unanimidad por los 40 legisladores integrantes de la 72 Legislatura local.

Apuntó que está comprometido con los adultos mayores de la entidad, «porque a mí me gustaría llegar a esa edad, y sentirme protegido con una ley», comentó el joven legislador.

Acompañado por el regidor de Apatzingán, Napoleón González, y el jefe del Departamento del Adulto Mayor del ayuntamiento local, Mario Vergara Ruiz, el legislador destacó las acciones previstas para atender a los adultos mayores en los ámbitos  médico, psicológico y jurídico, a través de la operación de Centros Multidisciplinarios para la Atención Integral de las Personas Adultas Mayores (CEMAIPAM), adscritos a los Sistemas DIF municipales.

Otros servicios que se contemplan para dichos centros, son recibir, atender y en su caso canalizar a la autoridad competente las denuncias que presenten las personas adultas mayores o cualquier ciudadano, cuando se ejerza cualquier tipo de violencia (física, económica, patrimonial o psicológica) en contra de una persona adulta mayor y que se encuentre en riesgo o desamparo.

La legislación también establece la creación de un Consejo Estatal para la Protección y Atención de las Personas Adultas Mayores, que entre sus atribuciones tiene recibir, canalizar y dar seguimiento a las quejas y propuestas sobre la atención y trato de las autoridades, instituciones, organismos y empresas privadas.

Cabe señalar que otras disposiciones que contempla dicha ley son proteger, asesorar, atender y orientar a las personas adultas mayores y presentar denuncias de actos y hechos presuntamente delictuosos ante las autoridades competentes para conocerlos y perseguirlos.

Promover el establecimiento de agencias de empleo para personas adultas mayores; elaborar y difundir campañas de comunicación, para contribuir al fortalecimiento de los valores y el apoyo familiar de este sector.

Dispone también el suscribir convenios de colaboración con las universidades públicas y privadas para recibir prestadores de servicio social en las áreas de trabajo social, psicología, medicina, odontología, enfermería y asesoría jurídica y demás afines a la problemática del sector.

Asimismo, brindar asesoría y orientación en la realización de sus programas y la capacitación que requiere el personal de las instituciones, casas hogar, estancias, albergues, residencias de día o de cualquier otro centro que brinden servicios y atención;

Se contempla también celebrar convenios con prestadores de bienes y servicios que deseen contribuir con la protección integral de las personas adultas mayores.

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